Ciudadano mexicano presenta denuncia ante el T-MEC por contaminación del aire en refinería de Pemex

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Ayer un ciudadano mexicano presentó una enviarlo a consideración, bajo Capítulo 24 del acuerdo comercial Estados Unidos-México-Canadá (USMCA/CUSMA) con la Comisión para la Cooperación Ambiental (CEC), afirmando que México no está logrando hacer cumplir efectivamente sus leyes ambientales para regular las emisiones al aire del Ing. Héctor R. Lara Sosa Pemex (conocida como Refinería Cadereyta) en Nuevo León, México y para gestionar la contaminación del aire resultante en el área metropolitana de Monterrey.
In presentación SEM-24-002 (Refinería de Cadereyta), El Peticionario afirma que México no está abordando los problemas de contaminación del aire causados por la operación de la refinería de petróleo de Cadereyta, propiedad de Pemex y operada por ella. El Peticionario alega que México no está aplicando eficazmente las leyes ambientales para gestionar las emisiones al aire y que la contaminación del aire resultante de la instalación afecta el área metropolitana de Monterrey, que tiene una población de 7 millones de personas. El Peticionario afirma que la contaminación del aire proveniente de la refinería ha empeorado en los últimos cinco años a pesar de los llamados de los residentes y del estado de Nuevo León a las autoridades federales para que tomen medidas para mejorar la calidad del aire.
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El Peticionario cita disposiciones de la Constitución Mexicana, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente), Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y Protección del Medio Ambiente en el Sector Hidrocarburos (Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos), Ley de Responsabilidad Ambiental (Ley de Responsabilidad Ambiental) y otros instrumentos regulatorios.
La Secretaría revisará la presentación y determinará, dentro de los 30 días, si cumple con los requisitos de los Artículos 24.27(1), (2) y (3) del USMCA/CUSMA. Para obtener más información, consulte la página de registro para el envío. SEM-24-002 (Refinería de Cadereyta).