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La UE acuerda un acuerdo sobre la divulgación de información de las empresas para combatir el lavado verde

La UE acuerda un acuerdo sobre la divulgación de información de las empresas para combatir el lavado verde

Nuevas normas sobre informes de sostenibilidad empresarial: acuerdo político provisional entre el Consejo y el Parlamento Europeo

El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado hoy un acuerdo político provisional sobre la directiva de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD).

La propuesta pretende abordar las deficiencias de las normas existentes sobre la divulgación de información no financiera, cuya calidad no permitía que los inversores la tuvieran debidamente en cuenta. Tales deficiencias dificultan la transición hacia una economía sostenible.

Este acuerdo es una excelente noticia para todos los consumidores europeos. Ahora estarán mejor informados sobre el impacto de las empresas en los derechos humanos y el medio ambiente. Esto significa más transparencia para los ciudadanos, consumidores e inversores. Significa también una mayor legibilidad y sencillez en la información proporcionada por las empresas, que deben desempeñar plenamente su papel en la sociedad. Se acabó el lavado verde. Con este texto, Europa está a la vanguardia de la carrera internacional hacia los estándares, estableciendo altos estándares en línea con nuestras ambiciones ambientales y sociales. Bruno le Maire, Ministro de Asuntos Económicos, Finanzas y Soberanía Industrial y Digital

¿Cuáles son las nuevas reglas?

La directiva de informes de sostenibilidad corporativa modifica la directiva de informes no financieros de 2014. introduce más detallado requisitos de presentación de informes y asegura que las grandes empresas están obligadas a informe sobre temas de sostenibilidad tales como los derechos ambientales, los derechos sociales, los derechos humanos y los factores de gobernanza.            

El CSRD también introduce un requisito de certificación para los informes de sostenibilidad, así como accesibilidad mejorada de información, exigiendo su publicación en una sección específica de los informes de gestión de la empresa.

El Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (EFRAG) será responsable de establecer estándares europeos, siguiendo el asesoramiento técnico de una serie de agencias europeas.

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¿Quién estará cubierto por la directiva?

Las normas de la UE sobre información no financiera se aplican a todas las grandes empresas y todas las empresas enumeradas en mercados regulados. Estas empresas también son responsables de evaluar la información a nivel de sus subsidiarias

Las reglas también se aplican a los listados pymes, teniendo en cuenta sus características específicas. Las pymes podrán optar por no participar durante un período transitorio, lo que significa que estarán exentas de la aplicación de la directiva hasta 2028.

Para empresas no europeas, el requisito de presentar un informe de sostenibilidad se aplica a todas las empresas que generen un volumen de negocios neto de 150 millones EUR en la UE y que tengan al menos una filial o sucursal en la UE. Estas empresas deben proporcionar un informe sobre sus impactos ESG, es decir, sobre los impactos ambientales, sociales y de gobernanza, tal como se define en esta directiva. 

¿Quién garantiza la calidad de los informes?

Los informes deben estar certificados por un auditor independiente acreditado or Certificar. Para garantizar que las empresas cumplan con las normas de presentación de informes, un auditor o certificador independiente debe asegurarse de que la información sobre sostenibilidad cumpla con los estándares de certificación adoptados por la UE. Los informes de empresas no europeas también deben estar certificados, ya sea por un auditor europeo o por uno establecido en un Tercer país.

¿A partir de qué fecha se aplicarán las normas?

La aplicación del reglamento se llevará a cabo en tres etapas:

  • 1 de enero de 2024 para empresas ya sujetas a la directiva de información no financiera;
  • 1 de enero de 2025 para empresas que actualmente no están sujetas a la directiva de información no financiera;
  • 1 de enero de 2026 para pymes cotizadas, entidades de crédito pequeñas y no complejas y empresas de seguros cautivas.

Próximos pasos

El acuerdo provisional alcanzado está sujeto a la aprobación del Consejo y del Parlamento Europeo.

Por parte del Consejo, el acuerdo político provisional está sujeto a la aprobación del Comité de Representantes Permanentes (Coreper), antes de seguir los pasos formales del procedimiento de adopción. La directiva entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Fuente: Unión Europea

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