La UE facilita el cumplimiento y retrasa la implementación del reglamento sobre deforestación
- El Reglamento sobre deforestación de la UE (EUDR) se aplicará a las empresas grandes y medianas a partir del 30 de diciembre de 2025, y a las microempresas y pequeñas empresas a partir del 30 de diciembre de 2026, lo que introduce un período de transición adicional para permitir que el sistema de TI subyacente se amplíe.
- Las nuevas reglas reducen los requisitos de información para los actores posteriores (minoristas, fabricantes) y los micro y pequeños operadores primarios en jurisdicciones de bajo riesgo, trasladando la mayor parte de la responsabilidad de la diligencia debida a los primeros participantes del mercado y a los importadores.
- La Comisión reafirma que el objetivo principal del EUDR —evitar que productos básicos que suponen un riesgo para los bosques entren en el mercado de la UE si están vinculados a la deforestación o la degradación forestal— permanece intacto, lo que indica que se trata de un retroceso procedimental y no político.
Bruselas avanza para salvaguardar la preparación del sistema
La Comisión Europea ha presentado una propuesta para recalibrar la implementación del EUDR, el reglamento insignia del bloque, cuyo objetivo es garantizar que productos como el cacao, el café, la carne de vacuno, el aceite de palma, el caucho y la madera que entran en el mercado de la UE estén libres de deforestación y se produzcan de conformidad con la legislación local. En un comunicado publicado el 21 de octubre de 2025, la Comisión reconoció que la infraestructura informática desarrollada para gestionar la presentación de declaraciones de diligencia debida se enfrenta a un tráfico mucho mayor del previsto inicialmente. Para evitar una sobrecarga en todo el sistema y garantizar un acceso fluido al mercado, la propuesta introduce simplificaciones específicas y fechas de aplicación escalonadas.
Simplificación de las obligaciones en cadenas de suministro complejas
Con las revisiones, los operadores que comercializan productos en el mercado de la UE seguirán estando obligados a presentar declaraciones de diligencia debida, pero los fabricantes y comerciantes de las fases posteriores quedarán exentos de la obligación de presentarlas directamente. La responsabilidad de presentarlas recaerá en el importador o el operador del primer mercado, mientras que los actores de las fases posteriores simplemente harán referencia a dicha presentación.
Además, los productores clasificados como «micro y pequeños operadores primarios» en países evaluados como de bajo riesgo se enfrentarán a una exigencia aún menor: una declaración única en lugar de informes periódicos. Si los sistemas nacionales ya contienen los datos pertinentes, incluso esto podría quedar exento.
Para los inversores y altos ejecutivos que participan en las cadenas de suministro globales, esto significa que las cargas de cumplimiento se concentrarán cada vez más en el punto de entrada al ecosistema comercial de la UE. Las empresas deberían revisar el segmento de la cadena que ocupan (importador, fabricante, minorista) y recalibrar la inversión en cumplimiento en consecuencia.
Aplicación gradual e implicaciones para los socios comerciales
La propuesta confirma que, para las grandes y medianas empresas, el reglamento sigue vigente para el 30 de diciembre de 2025, pero incluirá un período de gracia de seis meses para las comprobaciones y el cumplimiento. Para las microempresas y las pequeñas empresas, las obligaciones plenas comenzarán el 30 de diciembre de 2026.
Los socios comerciales y los operadores de terceros países, incluidos aquellos con sede en los principales países productores, observarán que, si bien el cronograma ha cambiado ligeramente, las obligaciones fundamentales permanecen inalteradas. Como señaló una declaración de la ONG especializada en políticas forestales World Resources Institute: la propuesta elimina las opciones de liberalización más extremas (como las exenciones nacionales generalizadas), al tiempo que preserva la arquitectura fundamental del reglamento.
Desde la perspectiva de la gobernanza, esto indica que la UE mantiene su compromiso de ejercer su influencia regulatoria sobre los flujos de materias primas con riesgo forestal, aunque su implementación práctica ahora sea más mesurada. Para los actores financieros que financian proyectos de transformación de la cadena de suministro, el mensaje es claro: el horizonte regulatorio sigue siendo ajustado, pero ahora existe un período de transición para la preparación del sistema y el cumplimiento normativo.
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Conclusiones estratégicas para líderes en ESG e inversión
Para los consejos directivos corporativos y los inversores, el cambio de política genera tres conclusiones principales:
- Prioridad ascendenteEl cumplimiento se inclina firmemente hacia los actores del mercado de primera entrada. Los importadores, operadores primarios y productores del país de origen son los principales responsables de los riesgos de notificación. Las empresas de la cadena de suministro deben seguir supervisando la trazabilidad, pero podrían ver una flexibilización administrativa.
- Mitigación de riesgos del sistemaLa capacidad del sistema de TI, que antes era una nota al pie sobre cumplimiento normativo, ahora es estructuralmente relevante. Las empresas deben considerar el período de transición y desarrollar la preparación interna correspondiente para evitar problemas de última hora.
- Claridad en la asignación de capitalDado que los pequeños operadores y los segmentos downstream se benefician de obligaciones más flexibles, los flujos de inversión podrían desplazarse hacia las etapas iniciales, hacia tecnologías de trazabilidad, sistemas de datos de país de origen y mejoras en la producción. Los financiadores deberían reevaluar dónde el capital aportará el mayor valor para la mitigación de riesgos.
Una palanca global para la integridad forestal
Si bien algunos exportadores de materias primas pueden considerar la reforma como un retraso, esta medida en realidad preserva la ambición general del reglamento: alinear las normas del mercado de la UE con los objetivos globales de protección forestal. Dado que la deforestación y la degradación forestal siguen estando entre las mayores fuentes de emisiones después de los combustibles fósiles, el EUDR se erige como un factor clave en la interfaz entre el comercio, el clima y la gobernanza de la naturaleza.
Para las empresas multinacionales, los inversores y los responsables políticos de más de 180 países, este avance es importante porque redefine no solo las vías de cumplimiento, sino también los flujos de inversión hacia las regiones de producción, la infraestructura de trazabilidad y los marcos de gestión de riesgos. La UE no está dando marcha atrás, sino que está haciendo que la implementación sea más pragmática. Ahora, la cadena de suministro global necesita ponerse al día.







